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El nuevo Orden de
la Misa: ¿Qué cambios hay?

Padre Juan Sosa
En 1969, y después de varios años de preparación, se publicó para
uso de la Iglesia universal el Misal Romano de Pablo VI. Es éste
el libro que utiliza el sacerdote, tanto en la sede como en el
altar, para celebrar la Eucaristía, es decir, la Santa Misa. A
diferencia del Misal de Pío V, todo en Latín, resultado de la
reforma litúrgica del Concilio de Trento (c. 1547), que por más de
quinientos años utilizaran todos los sacerdotes, este nuevo Misal
presentaría una liturgia eucarística renovada y motivada por el
criterio más significativo que los Padres del Concilio Vaticano II
destacaran en la Constitución sobre la Sagrada Liturgia de 1963:
la “participación plena y consciente de los fieles” (SC #14), ya
que la liturgia es “la cumbre a la cual se dirige toda la
actividad de la Iglesia y, al mismo tiempo, la fuente de donde
mana toda su fuerza”. (SC #10.)
De éste y otros criterios señalados en la Constitución por los
Padres del Concilio, brotarían las normas que ayudarían al pueblo
de Dios en la práctica a celebrar cada liturgia dignamente. Es
importante recalcar que las normas (o rúbricas, como se decía
antiguamente) deben brotar de los criterios para que la liturgia
sea una celebración plena del Misterio Pascual; de otro modo, la
liturgia se convertiría en un rito puramente externo, casi mágico,
al que hay que asistir para “cumplir” con Dios.
Liturgia reformada, Iglesia renovada
La liturgia reformada de 1963, en sí, anunciaba y señalaba una
nueva visión de la Iglesia, posteriormente presentada con más
detalles por el resto de los documentos del Concilio, en especial
por aquellos que analizaron la naturaleza y el propósito de la
Iglesia (Gaudium et Spes y Lumen Gentium); en ellos
se llamó a una mayor participación del laicado, a la colegialidad
de los obispos en comunión con el Papa y a la preferencia por los
más pobres y necesitados de la sociedad. De hecho, si la liturgia
proyectada en el Misal de Pío V desde 1547 se consideraba uniforme,
estricta, incambiable y privatizada, el Misal de Pablo VI
mostraría un reencuentro con las raíces de la Eucaristía, la
revitalización de la Palabra de Dios, la adaptación de la liturgia
a la cultura de los pueblos y el desarrollo de nuevos ministerios
litúrgicos, asumidos por largo tiempo solamente por el sacerdote.
Mencionemos algunos de los cambios de la reforma litúrgica, sin
pretender abarcarlos todos: la primacía del domingo como día del
Señor, la importancia de la asamblea en la celebración de la
Eucaristía y de los demás Sacramentos, el uso de la lengua
vernácula, la claridad en la propia estructura de los ritos y en
los signos que cada rito utiliza para mostrar visiblemente la
realidad invisible Dios, el empleo de “opciones” tanto en varias
partes de la Misa como en el Leccionario, la inclusión de
tonalidades musicales del género Gregoriano a través de todo el
Misal y en el Ritual, el desarrollo de un repertorio musical con
cantos adaptados de las culturas de los pueblos, y el rechazo a la
música polifónica o de concierto que ya había prohibido el Papa
San Pío X en su reforma litúrgica, al comienzo del siglo XX.
En general, el Misal de Pablo VI ha sido, es, y siempre será una
llamada a que los fieles celebren su fe formando una gran familia
de familias donde “lo privado” se sustituye por lo “comunitario”.
A la Misa, desde entonces, no se puede ir a sentirse a solas con
Dios; para ello existen las visitas al Santísimo, la oración en la
casa y muchas otras devociones. El pueblo de fe se reúne el
domingo, el día del Señor, para ejercer con Jesucristo Su
ministerio sacerdotal como Iglesia (SC #7), y convertirse en
ofrenda grata al Padre, como Jesús mismo se ofreció en el altar de
la Cruz. Los fieles forman una asamblea de fe en la que celebran
el Misterio Pascual del que la propia Eucaristía es memorial: al
celebrar Su Muerte y Resurrección en cada Misa y en cada
Sacramento, los fieles aprenden a morir y a resucitar con el Señor
Jesús (Kyrios) por la fuerza del Espíritu Santo que han
recibido desde el Bautismo.
Los textos litúrgicos: reflejo de la historia y de la comunidad
Las reflexiones sobre la reforma litúrgica de la Iglesia aparecen
en la Introducción al Misal, conocida en círculos litúrgicos como
prenotanda o notas introductorias, es decir, la Instrucción
General del Misal Romano o el Orden de la Misa (en latín, Ordo
Missae). Desde que la reforma comenzó en 1963 hasta el
presente, tanto la Comisión original (Consilium) como la
Congregación del Culto Divino y de los Sacramentos, han revisado
todos los textos de importancia para el culto católico: el
Leccionario, el Ritual de los Sacramentos (algunos de ellos van
por la tercera edición), la Liturgia de las Horas, el Evangeliario
(o libro de los Evangelios), el Bendicional, el Ceremonial de
Obispos, el Pontifical (o libro del Obispo), y el Antifonario.
Estos textos litúrgicos se convierten en una exhortación a que
tanto los obispos, como el clero y todos los fieles, mantengan en
“equilibrio” los dos aspectos más importantes de la liturgia
reformada: la tradición de la Iglesia con todo el tesoro de la
Palabra revelada, los textos formulados por los Padres y los
Cantos elaborados en la historia (no empezamos a ser Iglesia en
1963, sino hace 2,000 años), y la creatividad o adaptación a la
que la propia reforma nos llama al pedirnos que hagamos una
lectura continua de los “signos de los tiempos” en comunión con
nuestros obispos y, por supuesto, el Santo Padre.
Más recientemente, con motivo del milenio, somos testigos de una
nueva revisión del Ordo Missae de Pablo VI, que está
sirviendo para catequizar al pueblo de Dios una vez más sobre el
origen, desarrollo y sentido de la Misa o liturgia eucarística.
Esta revisión, construida y trabajada sobre la que aparece en el
Misal Romano de 1969, completa lo que la primera comenzó: la
función de cada uno de los ministros que forman parte de la
celebración de la liturgia. Esta es, en sí, la contribución más
importante del nuevo Ordo Missae. Al explicar y aclarar
cómo funciona cada ministerio, la Instrucción pretende mantener el
sentido sagrado de la celebración, en equilibrio con el sentido
familiar y pastoral que la ha caracterizado desde el comienzo de
la reforma.
Los ministros litúrgicos, tanto en su conducta en o cerca del
ambón o del altar, como en el respeto que mantienen entre todos y
con el sacerdote, se proyectan ante la asamblea como “mayordomos”
de los dones sagrados que la propia liturgia los llama a cuidar y
a mostrar durante la celebración. En su función particular, cada
uno de los ministros contribuye a que cada celebración mantenga
una armonía ritual y estética digna del culto; en su conjunto,
colaborando en el culto y no compitiendo entre sí, los ministros
litúrgicos se convierten en un modelo de unidad para la asamblea
que celebra su fe.
Los ministerios litúrgicos: reflejo de la comunidad que celebra
Por lo tanto, como preside la celebración de la Eucaristía un
sacerdote que actúa en nombre de Cristo, la presencia junto al
altar de muchos otros ministros, no sacerdotes, concelebrantes,
puede prestarse a confusiones por parte de la asamblea. El diácono,
por ejemplo, después de asistir al sacerdote, debe situarse a una
distancia prudente del altar. La Instrucción aclara que en la
procesión de entrada, el diácono, y en su ausencia el(la) Lector(a)
debe llevar el Evangeliario o libro de los Evangelios, mientras
que el Leccionario permanece en el ambón desde el comienzo de la
liturgia.
La nueva Instrucción también aclara que ningún ministro debe
asumir las funciones que le pertenecen a otro: cuando hay un
diácono presente, es el diácono el que proclama el Evangelio; no
lo proclama ni el sacerdote que preside ni uno de los
concelebrantes; cuando hay lectores seglares, son ellos los que
proclaman las lecturas; el salmo se debe cantar o proclamar desde
el ambón y no desde el sitio designado para el Coro, porque forma
parte de la Liturgia de la Palabra; los ministros extraordinarios
de la Eucaristía suben al altar cuando el sacerdote ha comulgado,
y se limitan a seguir las directrices de la diócesis y de la
parroquia en su función de aligerar el rito de la Comunión; el
sacerdote que preside, asistido por el diácono, les da la Comunión
a ellos primero; ninguno de los ministros litúrgicos puede
autocomulgar o darse él (ella) mismo(a) la Comunión.
Los servidores del altar no son propiamente acólitos, aunque a
veces los llamamos así. Acólitos son aquellos que han sido
designados públicamente por la Iglesia para la función especial de
asistir al diácono y al sacerdote en la celebración. Esta
designación se les confiere desde 1972 por el Motu Propio
Ministeria Quaedam de Pablo VI a aquellos que, por haber sido
llamados, caminan hacia el Sacramento del Orden, o bien como
diáconos permanentes o como futuros sacerdotes (nuestros
seminarista en teología). Cuando el diácono está ausente, es el
acólito designado el que asiste al sacerdote con las especies
eucarísticas, no el ministro especial de la Eucaristía. No
obstante, cuando no hay ni diácono ni acólito, los ministros
especiales pueden asistirlo de la manera señalada (por ejemplo,
trayendo la Eucaristía reservada del sagrario al altar si no se
han consagrado suficientes hostias). Los servidores del altar, hoy
en día de ambos sexos, ayudan muchísimo al sacerdote, al diácono y
al acólito, para que cada celebración sea verdaderamente una
oración digna y agradable a Dios, y un reflejo de la comunidad
congregada para el culto.
La asamblea, en la nueva Instrucción, experimenta dos cambios
nuevos: ponerse de pie cuando el sacerdote invita a los fieles,
después de haber ofrecido los dones y antes de la Oración sobre
las Ofrendas (“Oren, hermanos, para que este sacrificio...”), y
contestar de pie y no sentados como ahora (“El Señor reciba de
nosotros este sacrificio...”), y, en segundo lugar, hacer una
inclinación o reverencia con la cabeza antes de recibir la
Eucaristía.
El principio de participación plena y activa permanece vigente
para la asamblea en las otras partes de la Misa, aunque la
Instrucción trata de corregir ciertos abusos insólitos que,
aparentemente, se desarrollaron en varias comunidades, tales como
el de invitar a la asamblea a rezar la doxología junto con el
sacerdote (“Por Cristo, con Él y en Él...”) en vez de pronunciar
simplemente el Gran Amén, o el de utilizar la música en cada
espacio posible sin observar el espacio del silencio, tan
importante en cada celebración.
Conclusión: evitar los extremos y promover la catequesis litúrgica
Si de los criterios de la reforma litúrgica brotan las normas
apropiadas y necesarias para cada celebración, necesitamos evitar
los extremos: hacer de las normas el objetivo de cada liturgia (caeríamos
de nuevo en el rubricismo que se desarrolló después de la reforma
de 1547), o utilizar los criterios de la Constitución sobre la
Liturgia exclusivamente para elaborar una liturgia supuestamente
actualizada y propia de cada sacerdote o comunidad, desprovista de
rasgos tradicionales, que, aunque aparentemente creativa, ni
expresa una conexión con la Iglesia de Roma ni con la intención
del Concilio Vaticano II. Ambos extremos son inadmisibles en la
Iglesia después del Vaticano II.
Aprovechemos este momento que nos brinda la nueva Instrucción para
catequizar a nuestro clero y a nuestros fieles. Recomendamos que
cada parroquia instaure una comisión parroquial de liturgia,
formada por la cabeza o líder de cada uno de sus ministerios
litúrgicos, y asesorada por el párroco o su vicario parroquial,
para que cada Misa y cada Sacramento sean celebraciones dignas y
alegres, compuestas de elementos tradicionales y creativos, llenas
de los ingredientes presentados por la reforma litúrgica desde
1963.
Exhortamos a que se presenten estos cambios no como cambios de
normas o prácticas externas solamente, sino dentro de un marco
general que incluya una aceptación de toda la Instrucción General
del Misal Romano en su proceso histórico, como parte integral de
la espiritualidad de nuestra Iglesia. Recordemos que, al
nutrirnos de la Palabra y de los Sacramentos en cada celebración
de la Santa Misa, aceptamos alegremente la fuerza de Dios Padre,
que resucitó a Su propio Hijo por el amor del Espíritu Santo, para
que aprendiésemos a vivir en Su paz, fruto de la liturgia que
celebramos cuando nos reunimos en comunidad como Iglesia en
oración.
(Párroco de la iglesia St. Catherine of Siena en Miami, presidente
del Instituto Nacional Hispano de Liturgia de Estados Unidos,
miembro y asesor del Secretariado de Liturgia de la Conferencia
Episcopal de Estados Unidos.)
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