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El nuevo Orden de la Misa: ¿Qué cambios hay?


Padre Juan Sosa

En 1969, y después de varios años de preparación, se publicó para uso de la Iglesia universal el Misal Romano de Pablo VI.  Es éste el libro que utiliza el sacerdote, tanto en la sede como en el altar, para celebrar la Eucaristía, es decir, la Santa Misa. A diferencia del Misal de Pío V, todo en Latín, resultado de la reforma litúrgica del Concilio de Trento (c. 1547), que por más de quinientos años utilizaran todos los sacerdotes, este nuevo Misal presentaría una liturgia eucarística renovada y motivada por el criterio más significativo que los Padres del Concilio Vaticano II destacaran en la Constitución sobre la Sagrada Liturgia de 1963: la “participación plena y consciente de los fieles” (SC #14), ya que la liturgia es “la cumbre a la cual se dirige toda la actividad de la Iglesia y, al mismo tiempo, la fuente de donde mana toda su fuerza”. (SC #10.)

De éste y otros criterios señalados en la Constitución por los Padres del Concilio, brotarían las normas que ayudarían al pueblo de Dios en la práctica a celebrar cada liturgia dignamente. Es importante recalcar que las normas (o rúbricas, como se decía antiguamente) deben brotar de los criterios para que la liturgia sea una celebración plena del Misterio Pascual; de otro modo, la liturgia se convertiría en un rito puramente externo, casi mágico, al que hay que asistir para “cumplir” con Dios.

 

Liturgia reformada, Iglesia renovada

La liturgia reformada de 1963, en sí, anunciaba y señalaba una nueva visión de la Iglesia, posteriormente presentada con más detalles por el resto de los documentos del Concilio, en especial por aquellos que analizaron la naturaleza y el propósito de la Iglesia (Gaudium et Spes y Lumen Gentium);  en ellos se llamó a una mayor participación del laicado, a la  colegialidad de los obispos en comunión con el Papa y a la preferencia por los más pobres y necesitados de la sociedad. De hecho, si la liturgia proyectada en el Misal de Pío V desde 1547 se consideraba uniforme, estricta, incambiable y privatizada, el Misal de Pablo VI mostraría un reencuentro con las raíces de la Eucaristía, la revitalización de la Palabra de Dios, la adaptación de la liturgia a la cultura de los pueblos y el desarrollo de nuevos ministerios litúrgicos, asumidos por largo tiempo solamente por el sacerdote.

Mencionemos algunos de los cambios de la reforma litúrgica, sin pretender abarcarlos todos: la primacía del domingo como día del Señor, la importancia de la asamblea en la celebración de la Eucaristía y de los demás Sacramentos, el uso de la lengua vernácula, la claridad en la propia estructura de los ritos y en los signos que cada rito utiliza para mostrar visiblemente la realidad invisible Dios, el empleo de “opciones” tanto en varias partes de la Misa como en el Leccionario, la inclusión de tonalidades musicales del género Gregoriano a través de todo el Misal y en el Ritual, el desarrollo de un repertorio musical con  cantos adaptados de las culturas de los pueblos, y el rechazo a la música polifónica o de concierto que ya había prohibido el Papa San Pío X en su reforma litúrgica, al comienzo del siglo XX. 

En general, el Misal de Pablo VI ha sido, es, y siempre será una llamada a que los fieles celebren su fe formando una gran familia de familias donde “lo privado” se sustituye por lo “comunitario”. A la Misa, desde entonces, no se puede ir a sentirse a solas con Dios; para ello existen las visitas al Santísimo, la oración en la casa y muchas otras devociones. El pueblo de fe se reúne el domingo, el día del Señor, para ejercer con Jesucristo Su ministerio sacerdotal como Iglesia (SC #7), y convertirse en ofrenda grata al Padre, como Jesús mismo se ofreció en el altar de la Cruz. Los fieles forman una asamblea de fe en la que celebran el Misterio Pascual del que la propia Eucaristía es memorial: al celebrar Su Muerte y Resurrección en cada Misa y en cada Sacramento, los fieles aprenden a morir y a resucitar con el Señor Jesús (Kyrios) por la fuerza del Espíritu Santo que han recibido desde el Bautismo.

 

Los textos litúrgicos: reflejo de la historia y de la comunidad

Las reflexiones sobre la reforma litúrgica de la Iglesia aparecen en la Introducción al Misal, conocida en círculos litúrgicos como prenotanda o notas introductorias, es decir, la Instrucción General del Misal Romano o el Orden de la Misa (en latín, Ordo Missae). Desde que la reforma comenzó en 1963 hasta el presente, tanto la Comisión original (Consilium) como la Congregación del Culto Divino y de los Sacramentos, han revisado todos los textos de importancia para el culto católico: el Leccionario, el Ritual de los Sacramentos (algunos de ellos van por la tercera edición), la Liturgia de las Horas, el Evangeliario (o libro de los Evangelios), el Bendicional, el Ceremonial de Obispos, el Pontifical (o libro del Obispo), y el Antifonario. Estos textos litúrgicos se convierten en una exhortación a que tanto los obispos, como el clero y todos los fieles, mantengan en “equilibrio” los dos aspectos más importantes de la liturgia reformada: la tradición de la Iglesia con todo el tesoro de la Palabra revelada, los textos formulados por los Padres y los Cantos elaborados en la historia (no empezamos a ser Iglesia en 1963, sino hace 2,000 años), y la creatividad o adaptación a la que la propia reforma nos llama al pedirnos que hagamos una lectura continua de los “signos de los tiempos” en comunión con nuestros obispos y, por supuesto, el Santo Padre.

Más recientemente, con motivo del milenio, somos testigos de una nueva revisión del Ordo Missae de Pablo VI, que está sirviendo para catequizar al pueblo de Dios una vez más sobre el origen, desarrollo y sentido de la Misa o liturgia eucarística. Esta revisión, construida y trabajada sobre la que aparece en el Misal Romano de 1969, completa lo que la primera comenzó:  la función de cada uno de los ministros que forman parte de la celebración de la liturgia. Esta es, en sí, la contribución más importante del nuevo Ordo Missae. Al explicar y aclarar cómo funciona cada ministerio, la Instrucción pretende mantener el sentido sagrado de la celebración, en equilibrio con el sentido familiar y pastoral que la ha caracterizado desde el comienzo de la reforma.

Los ministros litúrgicos, tanto en su conducta en o cerca del ambón o del altar, como en el respeto que mantienen entre todos y con el sacerdote, se proyectan ante la asamblea como “mayordomos” de los dones sagrados que la propia liturgia los llama a cuidar y a mostrar durante la celebración. En su función particular, cada uno de los ministros contribuye a que cada celebración mantenga una armonía ritual y estética digna del culto;  en su conjunto, colaborando en el culto y no compitiendo entre sí, los ministros litúrgicos se convierten en un modelo de unidad para la asamblea que celebra su fe. 

 

Los ministerios litúrgicos: reflejo de la comunidad que celebra

Por lo tanto, como preside la celebración de la Eucaristía un sacerdote que actúa en nombre de Cristo, la presencia junto al altar de muchos otros ministros, no sacerdotes, concelebrantes, puede prestarse a confusiones por parte de la asamblea. El diácono, por ejemplo, después de asistir al sacerdote, debe situarse a una distancia prudente del altar. La Instrucción aclara que en la procesión de entrada, el diácono, y en su ausencia el(la) Lector(a) debe llevar el Evangeliario o libro de los Evangelios, mientras que el Leccionario permanece en el ambón desde el comienzo de la liturgia. 

La nueva Instrucción también aclara que ningún ministro debe asumir las funciones que le pertenecen a otro:  cuando hay un diácono presente, es el diácono el que proclama el Evangelio; no lo proclama ni el sacerdote que preside ni uno de los concelebrantes; cuando hay lectores seglares, son ellos los que proclaman las lecturas; el salmo se debe cantar o proclamar desde el ambón y no desde el sitio designado para el Coro, porque forma parte de la Liturgia de la Palabra; los ministros extraordinarios de la Eucaristía suben al altar cuando el sacerdote ha comulgado, y se limitan a seguir las directrices de la diócesis y de la parroquia en su función de aligerar el rito de la Comunión; el sacerdote que preside, asistido por el diácono, les da la Comunión a ellos primero;  ninguno de los ministros litúrgicos puede autocomulgar o darse él (ella) mismo(a) la Comunión.

Los servidores del altar no son propiamente acólitos, aunque a veces los llamamos así.  Acólitos son aquellos que han sido designados públicamente por la Iglesia para la función especial de asistir al diácono y al sacerdote en la celebración. Esta designación se les confiere desde 1972 por el Motu Propio Ministeria Quaedam de Pablo VI a aquellos que, por haber sido llamados, caminan hacia el Sacramento del Orden, o bien como diáconos permanentes o como futuros sacerdotes (nuestros seminarista en teología). Cuando el diácono está ausente, es el acólito designado el que asiste al sacerdote con las especies eucarísticas, no el ministro especial de la Eucaristía. No obstante, cuando no hay ni diácono ni acólito, los ministros especiales pueden asistirlo de la manera señalada (por ejemplo, trayendo la Eucaristía reservada del sagrario al altar si no se han consagrado suficientes hostias). Los servidores del altar, hoy en día de ambos sexos, ayudan muchísimo al sacerdote, al diácono y al acólito, para que cada celebración sea verdaderamente una oración digna y agradable a Dios, y un reflejo de la comunidad congregada para el culto.

La asamblea, en la nueva Instrucción, experimenta dos cambios nuevos: ponerse de pie cuando el sacerdote invita a los fieles, después de haber ofrecido los dones y antes de la Oración sobre las Ofrendas (“Oren, hermanos, para que este sacrificio...”), y contestar de pie y no sentados como ahora (“El Señor reciba de nosotros este sacrificio...”), y, en segundo lugar, hacer una inclinación o reverencia con la cabeza antes de recibir la Eucaristía.

El principio de participación plena y activa permanece vigente para la asamblea en las otras partes de la Misa, aunque la Instrucción trata de corregir ciertos abusos insólitos que, aparentemente, se desarrollaron en varias comunidades, tales como el de invitar a la asamblea a rezar la doxología junto con el sacerdote (“Por Cristo, con Él y en Él...”) en vez de pronunciar simplemente el Gran Amén, o el de utilizar la música en cada espacio posible sin observar el espacio del silencio, tan importante en cada celebración.

 

Conclusión: evitar los extremos y promover la catequesis litúrgica

Si de los criterios de la reforma litúrgica brotan las normas apropiadas y necesarias para cada celebración, necesitamos evitar los extremos: hacer de las normas el objetivo de cada liturgia (caeríamos de nuevo en el rubricismo que se desarrolló después de la reforma de 1547), o utilizar los criterios de la Constitución sobre la Liturgia exclusivamente para elaborar una liturgia supuestamente actualizada y propia de cada sacerdote o comunidad, desprovista de rasgos tradicionales, que, aunque aparentemente creativa, ni expresa una conexión con la Iglesia de Roma ni con la intención del Concilio Vaticano II. Ambos extremos son inadmisibles en la Iglesia después del Vaticano II.

Aprovechemos este momento que nos brinda la nueva Instrucción para catequizar a nuestro clero y a nuestros fieles. Recomendamos que cada parroquia instaure una comisión parroquial de liturgia, formada por la cabeza o líder de cada uno de sus ministerios litúrgicos, y asesorada por el párroco o su vicario parroquial, para que cada Misa y cada Sacramento sean celebraciones dignas y alegres, compuestas de elementos tradicionales y creativos, llenas de los ingredientes presentados por la reforma litúrgica desde 1963.

Exhortamos a que se presenten estos cambios no como cambios de normas o prácticas externas solamente, sino dentro de un marco general que incluya una aceptación de toda la Instrucción General del Misal Romano en su proceso histórico, como parte integral de la espiritualidad de nuestra Iglesia.  Recordemos que, al nutrirnos de la Palabra y de los Sacramentos en cada celebración de la Santa Misa, aceptamos alegremente la fuerza de Dios Padre, que resucitó a Su propio Hijo por el amor del Espíritu Santo, para que aprendiésemos a vivir en Su paz, fruto de la liturgia que celebramos cuando nos reunimos en comunidad como Iglesia en oración.

(Párroco de la iglesia St. Catherine of Siena en Miami, presidente del Instituto Nacional Hispano de Liturgia de Estados Unidos, miembro y asesor del Secretariado de Liturgia de la Conferencia Episcopal de Estados Unidos.)