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El Papa revisa normas del Vaticano
sobre el abuso sexual y la confesión

Jerry Filteau
Catholic News Service

El papa Juan Pablo II ha cambiado varias normas vaticanas para facilitar el enjuiciamiento o la laicización de los sacerdotes que hayan abusado sexualmente de menores de edad.

Los procedimientos expeditivos también pueden aplicarse para procesar y ––en caso de emitirse la orden–– laicizar a sacerdotes por cometer ciertos delitos particularmente graves contra los sacramentos.

El Papa también mejoró algunas normas vaticanas concernientes al delito de violar el secreto de la confesión.

Los textos de los cambios realizados fueron distribuidos a más de 200 especialistas estadounidenses en derecho canónico, que asistieron en febrero a seminarios realizados en Washington sobre las regulaciones y los procedimientos legales de la Iglesia para manejar los casos de sacerdotes acusados de importunar sexualmente a menores.

Los cambios consisten en revisiones de las normas sustantivas y procesales puestas en vigor por el Papa en 2001, que le otorgan a la Congregación Vaticana para la Doctrina de la Fe jurisdicción directa sobre casos que impliquen ciertos delitos particularmente graves contra la moral o contra los sacramentos, incluyendo el abuso sexual cometido por un sacerdote contra un menor.

Como normas vaticanas, estas regulaciones se aplican a tales delitos en cualquier lugar del mundo en que sean cometidos. Su empleo no se restringe a los Estados Unidos, como sucede en el caso de las normas estadounidenses especiales para ocuparse de los miembros del clero que sean acusados de cometer abusos sexuales contra menores.

Una de las adiciones hechas a las normas vaticanas establece que en ciertos “casos graves y claros” de un sacerdote que haya cometido alguno de los delitos en cuestión, la congregación doctrinal puede ahora excluir al culpable del sacerdocio por decreto, sin un proceso eclesiástico formal.

En los casos sometidos a juicio, la congregación tiene ahora la facultad de hacer dispensa de ciertos requisitos en el nombramiento de jueces y de otros funionarios legales. De acuerdo a las normas originales, de 2001, sólo los sacerdotes con doctorados en derecho canónico podían servir como jueces, notarios, procuradores de justicia (fiscales) o abogados (defensores) en tales casos.

Ahora la congregación puede hacer excepciones casuísticas. Puede aceptar el nombramiento de un laico o de un diácono, o de alguien que posea una licenciatura en derecho canónico ––que es un título inferior al doctorado––, y que haya “trabajado en tribunales eclesiásticos durante un tiempo razonable”.

Además de los cambios de procedimientos en las normas, hubo un cambio sustantivo en la forma de enjuiciar el delito de violar el sello de la confesión.

A partir de un decreto emitido por la Iglesia en 1988, cualquier católico que grabe una confesión sacramental o que la divulgue mediante los medios de comunicación, ha estado sometido a la excomunión automática. Una nueva norma, agregada en febrero, reserva el juicio sobre tales casos a la congregación doctrinal.

Otra de las normas, en la versión de 2001, reservaba a la congregación doctrinal los casos que implicaran “la violación directa del sello sacramental” de la confesión. Ahora ha sido revisada para que cubra “las violaciones directas e indirectas del sello sacramental.