El
Papa revisa normas del Vaticano
sobre el abuso sexual y la confesión
Jerry Filteau
Catholic News Service
El papa Juan Pablo II ha cambiado varias normas vaticanas para
facilitar el enjuiciamiento o la laicización de los sacerdotes que
hayan abusado sexualmente de menores de edad.
Los procedimientos expeditivos también pueden aplicarse para
procesar y ––en caso de emitirse la orden–– laicizar a sacerdotes
por cometer ciertos delitos particularmente graves contra los
sacramentos.
El Papa también mejoró algunas normas vaticanas concernientes al
delito de violar el secreto de la confesión.
Los textos de los cambios realizados fueron distribuidos a más de
200 especialistas estadounidenses en derecho canónico, que
asistieron en febrero a seminarios realizados en Washington sobre
las regulaciones y los procedimientos legales de la Iglesia para
manejar los casos de sacerdotes acusados de importunar sexualmente
a menores.
Los cambios consisten en revisiones de las normas sustantivas y
procesales puestas en vigor por el Papa en 2001, que le otorgan a
la Congregación Vaticana para la Doctrina de la Fe jurisdicción
directa sobre casos que impliquen ciertos delitos particularmente
graves contra la moral o contra los sacramentos, incluyendo el
abuso sexual cometido por un sacerdote contra un menor.
Como normas vaticanas, estas regulaciones se aplican a tales
delitos en cualquier lugar del mundo en que sean cometidos. Su
empleo no se restringe a los Estados Unidos, como sucede en el
caso de las normas estadounidenses especiales para ocuparse de los
miembros del clero que sean acusados de cometer abusos sexuales
contra menores.
Una de las adiciones hechas a las normas vaticanas establece que
en ciertos “casos graves y claros” de un sacerdote que haya
cometido alguno de los delitos en cuestión, la congregación
doctrinal puede ahora excluir al culpable del sacerdocio por
decreto, sin un proceso eclesiástico formal.
En los casos sometidos a juicio, la congregación tiene ahora la
facultad de hacer dispensa de ciertos requisitos en el
nombramiento de jueces y de otros funionarios legales. De acuerdo
a las normas originales, de 2001, sólo los sacerdotes con
doctorados en derecho canónico podían servir como jueces, notarios,
procuradores de justicia (fiscales) o abogados (defensores) en
tales casos.
Ahora la congregación puede hacer excepciones casuísticas. Puede
aceptar el nombramiento de un laico o de un diácono, o de alguien
que posea una licenciatura en derecho canónico ––que es un título
inferior al doctorado––, y que haya “trabajado en tribunales
eclesiásticos durante un tiempo razonable”.
Además de los cambios de procedimientos en las normas, hubo un
cambio sustantivo en la forma de enjuiciar el delito de violar el
sello de la confesión.
A partir de un decreto emitido por la Iglesia en 1988, cualquier
católico que grabe una confesión sacramental o que la divulgue
mediante los medios de comunicación, ha estado sometido a la
excomunión automática. Una nueva norma, agregada en febrero,
reserva el juicio sobre tales casos a la congregación doctrinal.
Otra de las normas, en la versión de 2001, reservaba a la
congregación doctrinal los casos que implicaran “la violación
directa del sello sacramental” de la confesión. Ahora ha sido
revisada para que cubra “las violaciones directas e indirectas del
sello sacramental.
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